Microbusiness Grant
Microbusiness COVID-19 Relief Grant Program
The County of Santa Barbara, in partnership with the Santa Barbara Foundation, launched the Microbusiness COVID-19 Relief Grant Program (MBCRG) to assist microbusinesses that have been impacted by COVID-19 and the associated health and safety restrictions. This program consists of microbusiness assistance grants and eligible microbusinesses may apply for up to $2,500.00 in grant funding.
El condado de Santa Bárbara, en asociación con la Fundación de Santa Bárbara, lanzó el Programa de subvenciones de ayuda para microempresas COVID-19 (MBCRG) para ayudar a las microempresas que se han visto afectadas por COVID-19 y las restricciones de salud y seguridad asociadas. Este programa consiste en subvenciones de asistencia para microempresas y las microempresas elegibles pueden solicitar hasta $2,500.00 en subvenciones.
Application Opens: March 7, 2022
Award Date: On a rolling basis
Contact: Andi Garcia
Apertura de la solicitud: 7 de marzo de 2022
Fecha de adjudicación: De forma continua
Contacto: Andi Garcia
Applications WILL NOT be accepted by email or fax. Applications will be time & date stamped and reviewed on a first-come-first-serve basis. If interest persists and funds are still available, the Santa Barbara Foundation may extend the application period.
NO se aceptarán solicitudes por correo electrónico o fax. Las solicitudes se marcarán con fecha y hora y se revisarán por orden de llegada. Si el interés persiste y todavía hay fondos disponibles, la Fundación de Santa Bárbara puede extender el período de solicitud.
Please contact the Santa Barbara Foundation at 805-963-1873, for questions. Applications can be submitted via the Santa Barbara Foundation’s grants portal, printing and mailing or hand-delivering applications in a sealed envelope to the Santa Barbara Foundation at 1111 Chapala Street, Santa Barbara, Ca, 93101 during regular hours of operation of Monday through Friday from 9:00 am – 5:00 pm.
Comuníquese con la Fundación de Santa Bárbara al 805-963-1873 si tiene preguntas. Las solicitudes se pueden enviar a través del portal de subvenciones de la Fundación Santa Bárbara, imprimiendo y enviando por correo o entregando personalmente las solicitudes en un sobre sellado a la Fundación Santa Bárbara en 1111 Chapala Street, Santa Bárbara, Ca, 93101 durante el horario normal de atención de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
Upcoming In Person Office Hours/Próximos horarios de oficina en persona
April 25th , 11:00 am - 1:00 pm
North County Headquarters, 2625 S. Miller St #101, Santa Maria, CA
April 25th, 2:00 pm - 4:00 pm
Lompoc Chamber of Commerce, 111 S. I St., Lompoc, CA
April 26th, 11:00 am - 2:00 pm
5201 8th St., Carpinteria, CA 93013
Eligible Microenterprise Businesses (MEB)
A microbusiness must satisfy the following criteria to be eligible to receive a COVID-19 Relief grant:
- Must meet the definition of an eligible microbusiness (see Definitions).
- Active businesses operating since at least December 2019.
- The microbusiness is currently active and operating or has a clear plan to reopen when the state permits reopening of the business.
- The microbusiness was significantly impacted by COVID-19 pandemic.
- The microbusiness had less than fifty thousand dollars ($50,000) in revenues in the 2019 taxable year.
- The microbusiness currently has fewer than five full-time equivalent employees and had fewer than five full-time equivalent employees in the 2019 and 2020 taxable years.
- The microbusiness is not a business excluded from participation in the California Small Business COVID-19 Relief Grant Program, as specified in paragraph (2) of subdivision (f) Government Code Section 12100.82.
- The microbusiness owner can provide acceptable form of government-issued photo ID (state, domestic, or foreign) and documentation that includes the owner’s name may include but is not limited to the following: a local business permit or license, a bank statement, a tax return, a trade account, a self-attestation/self-certification done under penalty of perjury.
- The microbusiness owner must be the majority-owner and manager of the qualified micro business and the owner’s primary means of income in the 2019 taxable year.
- The microbusiness owner did not receive a grant under the California Small Business COVID-19 Relief Grant Program.
- Nonprofits are eligible if they comply with all eligibility requirements of the program including having made a minimum of $1,000.00 in gross revenue during the 2019 taxable year.
Eligible Use of Funds
Microbusiness owner who is a recipient of a grant pursuant to this Program will be required to self-certify that grant funds will be used for one or more of the following eligible uses:
- The purchase of new certified equipment including, but not limited to, a cart.
- Investment in working capital.
- Application for, or renewal of, a local permit including, but not limited to, a permit to operate as a sidewalk vendor.
- Payment of business debt accrued due to the COVID-19 pandemic
- Costs resulting from the COVID-19 pandemic and related health and safety restrictions, or business interruptions or closures incurred as a result of the COVID-19 pandemic, as defined in subdivision (l) Government Code Section 12100.83.
Funds cannot be used to cover the same expenses for the same period that the PPP/EIDL funds covered.
Ineligible Microenterprise Businesses
The following business types are not eligible for assistance:
- Businesses located outside of Santa Barbara County.
- Passive businesses operating as passive income are not eligible for the program. (i.e. rental property or other business in which one does not actively participate)
- Businesses cannot have received a grant from the California Small Business COVID-19 Relief Grant Program.
- Businesses engaged in any activity that is illegal under federal, state, or local law.
- Businesses with more than 5 employees (including owner)
Microenterprise Application Process
Applicants will be required to complete an initial application and provide copies of the following documents:
- IRS Form W-9 (Request for Taxpayer Identification Number and Certification)
- Federal income tax return for Business owner in 2019 & 2020
- Documentation that the business was adversely impacted by the COVID-19 pandemic (this may include showing loss in revenue/ profit or other documentation).
- Government-issued photo identification (state, domestic, or foreign)
- Documentation that includes the owner’s name and may include, but is not limited to, the following, a local business permit or license, bank statement, additional documentation to verify a microbusiness is a “qualified microbusiness”, as deemed appropriate by the fiscal agent.
Una microempresa debe satisfacer los siguientes criterios para ser elegible para recibir una subvención de Ayuda por COVID-19:
- Debe satisfacer la definición de una microempresa elegible (ver Definiciones).
- Empresas activas que hayan operado al menos desde diciembre de 2019.
- La microempresa está actualmente activa y operando o tiene un plan definido para reabrir cuando el estado permita que el negocio se vuelva a abrir.
- La microempresa se vio significativamente afectada por la pandemia de COVID-19.
- La microempresa tuvo menos de cincuenta mil dólares ($50, 000) de ingresos en el año
- fiscal del 2019.
- La microempresa tiene actualmente menos de cinco empleados equivalentes a tiempo completo y tuvo menos de cinco empleados equivalentes a tiempo completo en los años fiscales de 2019 y 2020.
- La microempresa no es una empresa excluida de la participación en el Programa de Subvenciones de Ayuda COVID-19 para Pequeñas Empresas de California, tal como se especifica en el párrafo (2) de la subdivisión (f) del Código de Gobierno Sección 12100.82.
- El propietario de la microempresa puede presentar una forma aceptable de documento de identidad con fotografía emitido por el gobierno (estatal, nacional o extranjero) y la documentación que incluya el nombre del propietario puede incluir, entre otras cosas, lo siguiente: un permiso o licencia comercial local, un extracto bancario, una declaración de impuestos, una cuenta comercial, una autocertificación hecha bajo pena de perjurio.
- El propietario de la microempresa debe ser el dueño mayoritario y el gerente de la microempresa calificada y el medio principal de ingresos del propietario en el año fiscal de 2019.
- El propietario de la microempresa no recibió una subvención a través del Programa de Subvenciones de Ayuda COVID-19 para Pequeñas Empresas de California.
- Las organizaciones sin fines de lucro son elegibles si cumplen con todos los requisitos de elegibilidad del programa, incluyendo haber hecho un mínimo de $1,000.00 en ingresos brutos durante el año fiscal 2019.
Uso elegible de los fondos
El propietario de una microempresa que reciba una subvención de acuerdo con este Programa deberá certificar por sí mismo que los fondos de la subvención se utilizarán para uno o más de los siguientes usos elegibles:
- La compra de nuevos equipos certificados.
- Inversión en capital circulante.
- Iniciar una solicitud o renovar un permiso local que incluya, sin limitarse a ello, un permiso para operar como vendedor de acera.
- Pago de una deuda de la empresa acumulada debido a la pandemia de COVID-19.
- Los costos a causa de la pandemia de COVID-19 y las restricciones de salud y seguridad relacionadas, o las interrupciones o cierres de negocios a causa de la pandemia de COVID-19, tal como se define en la subdivisión (l) de la Sección 12100.83 del Código de Gobierno.
Los fondos no se pueden utilizar para cubrir los mismos gastos durante el mismo periodo al que se utilizaron los fondos del PPP/EIDL.
Negocios que son microempresas que no son elegibles
Los siguientes tipos de empresas no son elegibles para recibir ayuda:
- Empresas ubicadas fuera del Condado de Santa Bárbara.
- Los negocios pasivos que funcionan como ingresos pasivos no son elegibles para el programa. (es decir, propiedades en alquiler u otros negocios en los que no se participa activamente)
- Las empresas no pueden haber recibido una subvención del Programa de Subvenciones de Ayuda COVID-19 para Pequeñas Empresas de California.
- Las empresas que participan en cualquier actividad que sea ilegal según las leyes federales, estatales o locales.
- Empresas con más de 5 empleados (incluido el propietario)
Proceso de solicitud de la microempresa
Los solicitantes deberán completar una solicitud inicial y presentar copias de los siguientes
documentos:
- Formulario W-9 del IRS (Solicitud y Certificación del Número de Identificación del Contribuyente)
- Declaración de impuestos federales para el propietario de la empresa en 2019 y 2020
- Documentación que demuestre que la empresa se vio afectada negativamente por la pandemia de COVID-19 (esto puede incluir la demostración de la pérdida de ingresos/ganancias u otra documentación).
- Identificación con foto emitida por el gobierno (estatal, nacional o extranjero)
- Documentación que incluya el nombre del propietario y que puede incluir, pero sin limitarse a lo siguiente, un permiso o licencia comercial local, un extracto bancario, documentación adicional para verificar que una microempresa es una "microempresa cualificada", según lo considere apropiado el agente fiscal.
La Fundación de Santa Bárbara y el Condado de Santa Bárbara se reservan el derecho de solicitar información adicional al recibir la solicitud para determinar el cumplimiento del programa.
How much funding is available through the Microbusiness Grant Program?
The California Office of the Small Business Advocate (Cal OSBA) has allocated funding to each County in the State based on population. Less administrative costs, Santa Barbara Foundation and Santa Barbara County has $ 444,896 available to distribute to qualified microbusinesses.
What are the sizes of the awards?
Qualified businesses may receive $2,500 in a one-time payment dependent upon approval of application and availability of funds.
Will I need to pay the money back? Is this a grant program or a loan program?
This is a grant program, not a loan, so you will not need to pay the money back. The only exception is if you do not use all the funds, or if you do not use them in the manner stated on your application funds will need to be returned.
What can funds be spent on?
Per the CalOSBA Guidelines, eligible use of funds are:
- The purchase of new certified equipment including, but not limited to, a cart.
- Investment in working capital.
- Application for, or renewal of, a local permit including, but not limited to, a permit to operate as a sidewalk vendor.
- Payment of business debt accrued due to the COVID-19 pandemic.
Costs resulting from the COVID-19 pandemic and related health and safety restrictions, or business interruptions or closures incurred as a result of the COVID-19 pandemic, as defined in subdivision (l) Government Code Section 12100.83.
Are funds allocated on a first-come, first-served basis for qualified applicants?
Yes, applications will be considered until funds are exhausted. Should the number of eligible applications received exceed the amount of funding available, a lottery will be performed.
How do I know if my business is eligible for funding?
Before applying, everyone must review eligibility criteria which will determine whether or not their business is eligible to apply.
Can I apply if I received funds from the California Relief Grant program?
No, you may not apply if you received funds from the California Relief Grant Program.
Can I apply if I received funds from the Paycheck Protection Program (PPP)?
Yes, you can apply if you received funds from the Paycheck Protection Program or other pandemic-related grant or loan programs.
Can I apply if I already received a grant from other local entities like Santa Barbara Foundation?
Yes, you can apply if you already received a grant from other local entities.
Do I have to be a U.S. citizen to apply?
No, you do not need to be a U.S. citizen to apply.
What is the reasoning behind the eligible business size?
The intent of the funding from Cal OSBA is to provide relief to the hardest to reach microbusinesses and entrepreneurs. The County will implement an outreach and marketing plan to identify and engage eligible microbusinesses that face systemic barriers to access capital, including but not limited to, businesses owned by women, minorities, veterans, individuals without documentation, individuals with limited English proficiency, and business owners located in low-wealth and rural, communities.
Applying for the Grant
How do I apply?
You can apply online on this website. You can begin the application process at https://grantsportal.sbfoundation.org/Accounts/LogOn. First time users will need to create an account before accessing the application.
When does the application open?
The application period opens on March 7, 2022 at 9am. You can save your in-progress application, so it does not need to be completed in one sitting. Please take your time to complete the application. Incomplete applications will NOT be accepted.
What’s the deadline to apply?
Applications will be considered until funds are exhausted.
Do I have to fill out the application online? Can I submit my application via mail or in person?
No, applications will be able available for pick at the locations referenced in the grant program guidelines. Yes, applications can be submitted via mail or in person at the two locations referenced in the program guidelines.
I own/operate more than one business or nonprofit organization. Am I allowed to submit an application for each business/nonprofit I own if they meet the qualifications?
No, you may only apply one time even if you own, co-own, or operate multiple businesses or nonprofits. Only one business will be eligible.
Why do I need to fill out a W-9?
The Santa Barbara Foundation and County is required to report grant funding information to the United States Treasury at the end of the year, which is done using W-9 forms. Filling out a W-9 now will help us send out checks more quickly to successful applicants. No funds will be disbursed without a W-9 and applications will be deemed incomplete without the W-9.
Why are you asking for a business financial statement or tax return?
Your financial statements allow us to verify that your business is active in Santa Barbara County; meets the eligibility requirements for revenue; practices sound financial management; and is financially viable.
Do I need to submit all the documents? What if I don’t have all the documents that I need to apply?
You must submit ALL the required documents. Incomplete applications will not be considered.
How can I prove my business was in operation prior on or prior to December 31, 2019?
You will need to attest that your business or nonprofit was in operation by clicking the box on the application and submitting copies of your 2019 tax returns.
What if I have multiple locations for a single business, which address should I use?
Please select what you might consider the “primary” business location.
What do I do if I need a W-9?
You can click to fill out a blank W-9 Form in English or in Spanish.
Do applicants receive a confirmation that they submitted their application?
Yes, you will receive a confirmation email upon submission of your application.
Receiving Grant Funds
How will I be contacted or know if I will receive a grant?
You will be notified by email. Checks will be mailed. Be sure to check your email regularly, including your spam folders.
Will I be contacted if I do not receive a grant?
Yes, you will be notified by email whether or not you receive a grant.
How will I receive funds?
A paper check will be sent to the mailing address on your application.
What’s required of me if I receive a grant? Are there any strings attached?
If selected, you must use these funds for valid COVID-19 related expenses identified in your application. Funds may not be used for a different business or personal expenses. Funding is not transferable.
Do I have to pay the money back, like a loan?
No. The funds you receive are a grant, not a loan, and do not need to be paid back.
If I have questions after reading this FAQ, what do I do?
Contact Santa Barbara Foundation Grant Coordinator, Andi Garcia at AGarcia@SBFoundation.org or (805) 880-9352
¿Cuánto financiamiento está disponible a través del Programa de Subsidios para Microempresas?
La Oficina del Defensor de las Pequeñas Empresas de California (Cal OSBA) ha asignado fondos a cada condado del estado en función de la población. Menos costos administrativos, la Fundación Santa Bárbara y el Condado de Santa Bárbara tiene $444,896 disponibles para distribuir a microempresas calificadas.
¿Cuáles son los tamaños de los premios?
Las empresas calificadas pueden recibir $2,500 en un pago único dependiendo de la aprobación de la solicitud y la disponibilidad de fondos.
¿Tendré que devolver el dinero? ¿Es este un programa de subvenciones o un programa de préstamo?
Este es un programa de subvenciones, no un préstamo, por lo que no tendrá que devolver el dinero. La única excepción es si no usa todos los fondos, o si no los usa de la manera indicada en su solicitud, deberá devolver los fondos.
¿En qué se pueden gastar los fondos?
Según las pautas de CalOSBA, el uso elegible de los fondos es:
- La compra de equipo certificado nuevo que incluye, entre otros, un carrito.
- Inversión en capital de trabajo.
- Solicitud o renovación de un permiso local que incluye, entre otros, un permiso para operar como vendedor ambulante.
- Pago de la deuda empresarial devengada por la pandemia del COVID-19.
Los costos resultantes de la pandemia de COVID-19 y las restricciones de salud y seguridad relacionadas, o las interrupciones o cierres comerciales incurridos como resultado de la pandemia de COVID-19, como se define en la subdivisión (l) Sección 12100.83 del Código de Gobierno.
¿Se asignan los fondos por orden de llegada para los solicitantes calificados?
Sí, las solicitudes se considerarán hasta que se agoten los fondos. Si el número de solicitudes elegibles recibidas excede la cantidad de fondos disponibles, se realizará una lotería.
¿Cómo sé si mi negocio es elegible para recibir financiamiento?
Antes de presentar la solicitud, todos deben revisar los criterios de elegibilidad que determinarán si su negocio es elegible o no para presentar una solicitud.
¿Puedo presentar una solicitud si recibí fondos del programa California Relief Grant?
No, no puede presentar una solicitud si recibió fondos del Programa de Subvenciones de Ayuda de California.
¿Puedo aplicar si recibí fondos del Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP)?
Sí, puede presentar una solicitud si recibió fondos del Programa de protección de cheques de pago u otros programas de subvenciones o préstamos relacionados con la pandemia.
¿Puedo presentar una solicitud si ya recibí una subvención de otras entidades locales como la Fundación Santa Bárbara?
Sí, puedes aplicar si ya recibiste una subvención de otras entidades locales.
¿Tengo que ser ciudadano estadounidense para aplicar?
No, no necesita ser ciudadano de los EE. UU. para presentar una solicitud.
¿Cuál es el razonamiento detrás del tamaño comercial elegible?
La intención de los fondos de Cal OSBA es brindar alivio a las microempresas y empresarios más difíciles de alcanzar. El Condado implementará un plan de divulgación y mercadeo para identificar e involucrar a las microempresas elegibles que enfrentan barreras sistémicas para acceder al capital, incluidas, entre otras, empresas propiedad de mujeres, minorías, veteranos, personas sin documentación, personas con dominio limitado del inglés y negocios. propietarios ubicados en comunidades rurales y de bajos ingresos.
Solicitud de la subvención
¿Cómo me inscribo?
Puede solicitar en línea en este sitio web. Puede comenzar el proceso de solicitud en https://grantsportal.sbfoundation.org/Accounts/LogOn. Los usuarios primerizos deberán crear una cuenta antes de acceder a la aplicación.
¿Cuándo se abre la aplicación?
El plazo de solicitud se abre el 7 de marzo de 2022 a las 9:00 horas. Puede guardar su solicitud en curso, por lo que no es necesario completarla en una sola sesión. Tómese su tiempo para completar la solicitud. NO se aceptarán solicitudes incompletas.
¿Cuál es la fecha límite para aplicar?
Las solicitudes serán consideradas hasta que se agoten los fondos.
¿Tengo que llenar la solicitud en línea? ¿Puedo enviar mi solicitud por correo o en persona?
No, las solicitudes estarán disponibles para recoger en los lugares a los que se hace referencia en las pautas del programa de subvenciones. Sí, las solicitudes se pueden enviar por correo o en persona en los dos lugares a los que se hace referencia en las pautas del programa.
Soy propietario/administro más de una empresa u organización sin fines de lucro. ¿Puedo presentar una solicitud para cada negocio/organización sin fines de lucro que poseo si cumplen con los requisitos?
No, solo puede presentar una solicitud una vez, incluso si es propietario, copropietario u opera múltiples empresas u organizaciones sin fines de lucro. Solo un negocio será elegible.
¿Por qué necesito llenar un W-9?
La Fundación y el Condado de Santa Bárbara deben informar la información sobre la financiación de las subvenciones al Tesoro de los Estados Unidos al final del año, lo que se hace mediante los formularios W-9. Completar un W-9 ahora nos ayudará a enviar cheques más rápidamente a los solicitantes seleccionados. No se desembolsarán fondos sin un W-9 y las solicitudes se considerarán incompletas sin el W-9.
¿Por qué solicita un estado financiero comercial o una declaración de impuestos?
Sus estados financieros nos permiten verificar que su empresa está activa en el condado de Santa Bárbara; cumple con los requisitos de elegibilidad para los ingresos; practica una buena gestión financiera; y es financieramente viable.
¿Tengo que presentar todos los documentos? ¿Qué pasa si no tengo todos los documentos que necesito para aplicar?
Debe presentar TODOS los documentos requeridos. No se considerarán las solicitudes incompletas.
¿Cómo puedo probar que mi negocio estaba en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2019 o antes?
Deberá dar fe de que su negocio u organización sin fines de lucro estaba en funcionamiento haciendo clic en la casilla de la solicitud y enviando copias de sus declaraciones de impuestos de 2019.
¿Qué pasa si tengo varias ubicaciones para un solo negocio, qué dirección debo usar?
Seleccione lo que podría considerar la ubicación comercial "principal".
¿Qué hago si necesito un W-9?
Puede hacer clic para completar un formulario W-9 en blanco en inglés o en español.
¿Los solicitantes reciben una confirmación de que enviaron su solicitud?
Sí, recibirá un correo electrónico de confirmación al enviar su solicitud.
Recibir fondos de subvención
¿Cómo me contactarán o sabré si recibiré una subvención?
Se le notificará por correo electrónico. Los cheques se enviarán por correo. Asegúrese de revisar su correo electrónico regularmente, incluidas sus carpetas de correo no deseado.
¿Me contactarán si no recibo una subvención?
Sí, se le notificará por correo electrónico si recibe o no una subvención.
¿Cómo recibiré los fondos?
Se enviará un cheque en papel a la dirección postal que figura en su solicitud.
¿Qué se requiere de mí si recibo una subvención? ¿Hay alguna atadura?
Si se selecciona, debe usar estos fondos para gastos válidos relacionados con COVID-19 identificados en su solicitud. Los fondos no se pueden utilizar para otro negocio o gastos personales. La financiación no es transferible.
¿Tengo que devolver el dinero, como un préstamo?
No. Los fondos que recibe son una subvención, no un préstamo, y no es necesario devolverlos.
Si tengo preguntas después de leer estas preguntas frecuentes, ¿qué hago?
Comuníquese con el Coordinador de Subvenciones de la Fundación Santa Bárbara, Andi García en AGarcia@SBFoundation.org o (805) 880-9352